
🇪🇺 AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU: En Pontevedra, se han establecido ayudas financiadas a través de los Fondos Europeos para impulsar el autoconsumo de energía. Estas ayudas son de alcance estatal, pero su gestión recae en la Comunidad Autónoma de Galicia. Se dividen en tres categorías: fomento del autoconsumo, adquisición de baterías de almacenamiento y sistemas de climatización renovable. En el sector residencial, los programas de Autoconsumo y Almacenamiento, y la Incorporación de Almacenamiento en Autoconsumos, están especialmente relacionados con la energía fotovoltaica.
🔍 Cuantías de las ayudas y requisitos: Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, sector público y tercer sector:
- Se destinan un total de 215 millones de euros, con 15 millones reservados para el almacenamiento (baterías).
- Para instalaciones con una potencia pico menor de 10 kWp, se otorgan 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por kWh en la batería.
- Para instalaciones de más de 10 kWp, las ayudas varían entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
- En municipios con menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 habitantes en suelo urbano, se suman ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.
- Las solicitudes para estas ayudas pueden presentarse en Pontevedra desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector:
- Se han presupuestado 5 millones de euros para este programa.
- Los requisitos para la cuantía de las ayudas son similares a las del programa anterior, dependiendo de la potencia de la instalación y si se encuentra en un municipio con población reducida.
Requisitos básicos para solicitar estas ayudas:
- Capacidad de medir tanto la producción como el consumo de energía.
- La producción del sistema no puede exceder, en ningún caso, un 25% del consumo anual.
- La factura de instalación debe ser emitida después del 30 de junio de 2021.
- En el caso de las baterías, su capacidad no puede ser superior al doble de la potencia del inversor solar.
Estas medidas tienen como objetivo promover la adopción de sistemas de energía solar y almacenamiento en Pontevedra, fomentando la eficiencia energética y el uso de fuentes de energía más sostenibles.
DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA (IRPF): Los propietarios de una instalación fotovoltaica en su vivienda habitual en el municipio de Pontevedra tienen la oportunidad de deducir el 20% del total de las inversiones realizadas. Esta ventaja también se extiende a instalaciones colectivas destinadas a cualquiera de las siguientes finalidades, siempre y cuando no estén vinculadas a la realización de una actividad económica:
- Instalaciones de autoconsumo eléctrico: Conforme a lo estipulado en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su correspondiente reglamentación. Esto se refiere a la modalidad de suministro de energía eléctrica mediante el autoconsumo.
- Instalaciones de producción de energía térmica: Estas instalaciones utilizan fuentes como la energía solar, la biomasa o la energía geotérmica para generar agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
- Instalaciones de producción de energía eléctrica: Se basan en la energía solar fotovoltaica y/o eólica y se emplean para electrificar viviendas que se encuentran aisladas de la red eléctrica de distribución, y en las cuales la conexión a esta red no es viable desde un punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.
Para ser elegible para esta deducción, la instalación debe estar ubicada en la vivienda habitual del solicitante en el municipio de Pontevedra, fomentando así la inversión en sistemas de energía sostenible en hogares locales y promoviendo la adopción de fuentes de energía más limpias y eficientes.
BONIFICACIÓN FISCAL DEL ICIO: El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) se trata de un tributo indirecto que se debe abonar en el caso de cualquier construcción, instalación u obra que requiera una licencia de obras o urbanística, independientemente de si dicha licencia ha sido concedida o no. En el contexto de la instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar destinados al autoconsumo, se otorgará una bonificación del 50% en el impuesto, siempre y cuando los sistemas instalados cuenten con la correspondiente homologación administrativa. Esta bonificación no se concederá en aquellos casos en los que la implantación de estos sistemas esté establecida como obligatoria según las normativas legales o reglamentarias aplicables.