
🔸 AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU
🌟 ¡No pierdas la oportunidad de aprovechar las ayudas para energía solar en Alicante! Estas subvenciones provienen de los Fondos Europeos y cuentan con recursos limitados, por lo que es recomendable solicitarlas antes de que se agoten. A pesar de ser de alcance nacional, la gestión de estas ayudas recae en la Comunidad Valenciana.
Las ayudas se dividen en tres categorías principales: autoconsumo, almacenamiento de energía en baterías y sistemas de climatización renovable. Dentro de estas categorías, se desarrollan seis programas que determinan quiénes son elegibles y los montos de financiamiento. Los programas cuarto y quinto tienen un impacto directo en la energía fotovoltaica en el ámbito residencial:
- 🌞 Programa de Autoconsumo y Almacenamiento en el Sector Residencial, Público y del Tercer Sector: Con una asignación total de 215 millones de euros, de los cuales 15 millones se destinan al almacenamiento, es decir, las baterías.
- 🌞 Programa de Incorporación de Almacenamiento en Sistemas de Autoconsumo del Sector Residencial, Público y del Tercer Sector: Con un presupuesto de 5 millones de euros. Las ayudas se estructuran de la siguiente manera:
- Para sistemas con una potencia pico menor a 10 kWp, los montos son de 600 € por cada kWp instalado y 490 € por kWh en la batería.
- Para instalaciones de más de 10 kWp, las ayudas oscilan entre 450 € y 300 € por kWp instalado.
- En los municipios con menos de 20,000 habitantes en áreas no urbanas y 5,000 en áreas urbanas, se suman ayudas adicionales de 55 € por kWp en la instalación y 15 € por kWh en la batería.
El período de solicitud de estas subvenciones estará abierto desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Requisitos para ser elegible para estas subvenciones:
- Capacidad para medir tanto la producción como el consumo de energía.
- La producción anual del sistema no puede superar el 25% del consumo anual.
- La factura de instalación debe ser posterior al 30 de junio de 2021.
- En el caso de las baterías utilizadas con paneles solares, su capacidad máxima no puede exceder cinco veces la potencia pico instalada.
🔸 DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA (IRPF) IVACE
🌟 El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) ha implementado un proceso de certificación para que los proyectos relacionados con energías renovables y autoconsumo puedan beneficiarse de una reducción fiscal de hasta un 40% en la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta deducción fiscal ofrece varias ventajas en comparación con las subvenciones a fondo perdido, como una simplificación de trámites documentales. Además, la cantidad máxima que se puede deducir es de 8,000 euros y no se establecen límites en las bases imponibles para determinar el máximo anual de la deducción.
La deducción es aplicable de inmediato, en el momento de presentar la declaración de la renta, a diferencia de las subvenciones a fondo perdido, que implican plazos más largos de tramitación y pago de la ayuda.
🔸 BONIFICACIÓN FISCAL DEL IBI
🌟 En Alicante, se ha introducido una bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que puede alcanzar hasta el 50% de la cuota total del IBI para propiedades residenciales con sistemas de aprovechamiento de energía solar para autoconsumo, ya sea térmica o eléctrica. Esta bonificación se aplica durante los tres periodos impositivos siguientes a la fecha de instalación del sistema. El monto máximo de bonificación por propiedad y año es de 300 euros, sin que en ningún caso el total de la bonificación durante los tres años pueda exceder el 20% del costo total de la instalación para el solicitante.
🔸 BONIFICACIÓN FISCAL DEL ICIO
🌟 El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) otorga una bonificación del 50% en el impuesto a las construcciones, instalaciones y obras en inmuebles que incorporen sistemas de energía solar destinados al autoconsumo. Se requerirá demostrar que las instalaciones de producción de calor cuentan con colectores o captadores homologados. No se concederá esta bonificación cuando la instalación de estos sistemas sea obligatoria según la normativa vigente.
Es importante destacar que esta bonificación se aplica solo a la porción del impuesto correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras destinadas a este propósito y debe ser solicitada por el contribuyente.