
🌍 AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU
Se otorgan ayudas provenientes de los Fondos Europeos, las cuales cuentan con un fondo limitado, por lo que se asignarán según la disponibilidad de fondos restantes. A pesar de ser ayudas de carácter estatal, la gestión recae en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Estas ayudas se dividen en tres categorías: para el autoconsumo, baterías y climatización renovable. Dentro de estas categorías, se establecen seis programas que determinan quiénes son elegibles para solicitar las ayudas y cuánto se destina a cada uno de ellos. De particular interés son el cuarto y quinto programas, que impactan directamente en la energía fotovoltaica en el sector residencial de Ávila:
- ☀️ Programa de autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector, con una asignación total de 215 millones, de los cuales 15 millones se destinan específicamente al almacenamiento, es decir, baterías.
- 🏠 Programa de incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con un presupuesto de 5 millones.
Las ayudas se detallan de la siguiente manera:
- Para instalaciones con una potencia pico inferior a 10 kWp, se ofrecen 600 € por cada kWp de la instalación y 490 € por kWh en la batería.
- En el caso de instalaciones más grandes de 10 kWp, las ayudas oscilan entre 450 € y 300 € por kWp instalado.
- En los municipios con menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, se suman ayudas adicionales de 55 € por kWp en la instalación y 15 € por kWh en la batería.
Las solicitudes de estas ayudas pueden presentarse en Ávila desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Los requisitos fundamentales para acceder a estas ayudas son:
- 📏 Capacidad de medir tanto la producción como el consumo.
- 📊 La producción del sistema no debe superar más del 25% del consumo anual.
- 📆 La factura de la instalación debe tener una fecha posterior al 30 de junio de 2021.
- 🔋 En el caso de las baterías para paneles solares, su capacidad máxima no debe exceder cinco veces la potencia pico instalada.
🌞 DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA (IRPF)
Los dueños de una residencia habitual en Ávila que cuenten con una instalación fotovoltaica pueden beneficiarse de una deducción del 20% en su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta deducción se aplica a las cantidades invertidas en la instalación fotovoltaica, así como en instalaciones comunitarias que tengan una de las siguientes finalidades, siempre que no estén vinculadas a una actividad económica:
- 🏡 Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1.a de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, y su legislación correspondiente, que se refiere a la modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo.
- ☀️ Instalaciones para la producción de energía térmica a partir de fuentes como la energía solar, la biomasa o la energía geotérmica. Estas instalaciones se utilizan para generar agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
- 💡 Instalaciones que generen energía eléctrica a partir de fuentes como la energía solar fotovoltaica y/o eólica. Estas instalaciones están destinadas a la electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuando conectarlas a la red resulte inviable desde una perspectiva técnica, medioambiental y/o económica.
Es fundamental que la instalación esté ubicada en la vivienda habitual del solicitante en el municipio de Ávila para poder optar a esta deducción en el IRPF.
🌞 BONIFICACIÓN FISCAL DEL IBI
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa municipal establecida por el Ayuntamiento de Ávila que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles ubicados en el municipio.
Los bienes inmuebles de naturaleza urbana que hayan incorporado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar tendrán derecho a una bonificación en el IBI. Esta bonificación se aplicará durante los tres periodos impositivos que sigan a la finalización de las obras de instalación de dichos sistemas, según lo establecido en la normativa fiscal de Ávila.
No se concederá la bonificación si la instalación de estos sistemas es obligatoria de acuerdo con la normativa específica que regula esta materia. El porcentaje de la bonificación variará en función de la eficiencia energética generada, partiendo del mínimo legal obligatorio establecido en el Código Técnico de la Edificación (CTE). Los porcentajes de bonificación se distribuyen de la siguiente manera:
- Bonificación del 5% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 5% y el 10%.
- Bonificación del 10% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 11% y el 20%.
- Bonificación del 20% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 21% y el 30%.
- Bonificación del 30% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 31% y el 40%.
- Bonificación del 40% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 41% y el 50%.
- Bonificación del 50% para un porcentaje de eficiencia energética entre el 51% y el 100%.