
🇪🇺 AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU
Las subvenciones, provenientes de los Fondos Europeos, son altamente recomendables de solicitar antes de su agotamiento, a pesar de ser de alcance nacional, su gestión recae en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. En la ciudad de Ciudad Real, se dividen en tres categorías de ayudas europeas: autoconsumo, almacenamiento de energía en baterías y climatización renovable. Dentro de estas categorías, se desarrollan seis programas que detallan quiénes son elegibles para solicitar estas subvenciones y cuáles son los montos disponibles. De manera específica, los programas cuarto y quinto tienen un impacto directo en la promoción de la energía solar en el sector residencial:
- Programa de Autoconsumo y Almacenamiento en el sector residencial, público y tercer sector, con un presupuesto total de 215 millones de euros, de los cuales 15 millones están destinados al almacenamiento mediante baterías.
- Programa de Incorporación de Almacenamiento en Sistemas de Autoconsumo del sector residencial, público y tercer sector, con un presupuesto de 5 millones de euros.
Las subvenciones se distribuyen de la siguiente manera:
- Para instalaciones con una capacidad pico de menos de 10 kWp, los montos son de 600 euros por cada kWp de la instalación y 490 euros por kWh en la capacidad de almacenamiento de baterías.
- En el caso de instalaciones más grandes de más de 10 kWp, las subvenciones varían entre 450 euros y 300 euros por kWp instalado.
- En municipios con menos de 20,000 habitantes en áreas rurales y 5,000 habitantes en áreas urbanas, se aplican ayudas adicionales de 55 euros por kWp en la instalación y 15 euros por kWh en la capacidad de almacenamiento de baterías, además de los montos mencionados anteriormente.
La fecha de solicitud para estas subvenciones en Ciudad Real abarca desde el 16 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Los requisitos para acceder a estas subvenciones son los siguientes:
- Capacidad para medir tanto la producción como el consumo de energía.
- La producción del sistema no debe exceder más del 25% del consumo anual como máximo.
- La factura de instalación debe tener fecha posterior al 30 de junio de 2021.
- En el caso de baterías conectadas a paneles solares, su capacidad no debe superar cinco veces la potencia pico instalada.
Es fundamental destacar que estas subvenciones no se conceden cuando la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar es obligatoria según la normativa vigente. Además, es requisito estar al corriente en el pago de todos los impuestos municipales para acceder a estas subvenciones.
☀️ DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA (IRPF)
Cuando instalamos paneles solares en nuestra residencia principal en el municipio de Ciudad Real, tenemos la oportunidad de aplicar una deducción del 20% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sobre el total de la inversión realizada en la instalación fotovoltaica. Esta deducción también se aplica a instalaciones colectivas destinadas a fines específicos que se describen a continuación, siempre y cuando no estén relacionadas con la realización de actividades económicas. Estas finalidades incluyen:
- Sistemas de autoconsumo eléctrico.
- Sistemas de generación de energía térmica a partir de fuentes renovables.
- Sistemas de producción de energía eléctrica mediante energía solar fotovoltaica y/o eólica, diseñados para electrificar viviendas aisladas.
Un requisito fundamental para poder solicitar esta deducción es que la instalación esté ubicada en nuestra residencia habitual en la ciudad de Ciudad Real.
🏠 BONIFICACIÓN FISCAL DEL IBI
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una carga tributaria de carácter municipal establecida por el ayuntamiento de Toledo que se aplica a todos los propietarios de bienes inmuebles en la ciudad. Se otorgará una bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto a los bienes inmuebles construidos en los cuales se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento de la energía térmica o eléctrica proveniente del sol. Esta bonificación se aplicará durante los tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación.
Para que esta bonificación sea efectiva, las instalaciones deben incorporar colectores que cuenten con la homologación correspondiente por parte de la Administración competente. Para ser elegible para esta bonificación, se requiere que, en el caso del aprovechamiento térmico, el sistema solar cubra al menos el 60% de la demanda de acuerdo con lo establecido en el Código Técnico de la Edificación-Documento Básico de Ahorro de Energía (CTE-DB-HE4). En el caso de la captación fotovoltaica en régimen de autoconsumo, la potencia instalada debe ser al menos del 60% de la potencia contratada en el inmueble, con un mínimo de 2 kWp.
Los porcentajes de bonificación varían en función de la base liquidable del inmueble. Es importante destacar que las instalaciones deben incluir colectores homologados por la administración competente y que esta bonificación no se aplicará cuando la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica aplicable.
🏗️ BONIFICACIÓN FISCAL DEL ICIO
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se aplica a cualquier construcción, instalación u obra que requiera una licencia de obras o urbanística, independientemente de si se ha obtenido dicha licencia o no. En el municipio de Ciudad Real, se concede una bonificación del 60% sobre la cuota del ICIO para las construcciones, instalaciones y obras que consisten en la instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Esta bonificación se aplica únicamente a la parte de la cuota correspondiente a las construcciones, instalaciones y obras que están estrictamente destinadas a este propósito. Para ser elegible para esta bonificación, el solicitante debe proporcionar un desglose del presupuesto que justifique de manera razonada el costo asociado a la construcción, instalación u obra relacionada con este caso específico. La bonificación debe ser solicitada por el contribuyente al mismo tiempo que presenta la solicitud de licencia urbanística, y se debe adjuntar la documentación que demuestre el aprovechamiento que respalda la concesión de la bonificación. 🔆