
ℹ️ Ayudas de los Fondos Europeos Next Generation EU
Gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, estas subvenciones tienen un presupuesto limitado y se otorgan por orden de presentación de solicitudes. Los detalles de las ayudas son los siguientes:
- Para instalaciones con una capacidad pico de menos de 10 kWp, se ofrece una ayuda de 600€ por cada kWp de la instalación y 490 € por cada kWh en la capacidad de almacenamiento de baterías.
- En el caso de instalaciones que superen los 10 kWp, las subvenciones varían entre 450€ y 300€ por kWp instalado.
📅 La fecha de inicio para presentar solicitudes es a partir del 2 de diciembre de 2021.
📋 Requisitos para acceder a estas ayudas:
- Los beneficiarios deben consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada por la instalación fotovoltaica.
- La potencia máxima que puede ser incentivada en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en los Programas 1, 2 y 4 (donde el Programa 4 se enfoca en el autoconsumo residencial) está limitada a 5.000 kW.
🏠 Deducciones del Impuesto de la Renta (IRPF)
Los contribuyentes tienen la posibilidad de aplicar una deducción del 20% sobre el monto invertido en instalaciones realizadas en su vivienda habitual o en instalaciones colectivas del edificio, siempre y cuando estas últimas no estén relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
Estas instalaciones pueden incluir:
- Sistemas de autoconsumo eléctrico.
- Instalaciones destinadas a la generación de energía térmica mediante fuentes como la energía solar, biomasa o energía geotérmica.
Para beneficiarse de esta deducción, es necesario cumplir con una serie de requisitos, siendo el más relevante de ellos que la instalación se encuentre en una vivienda habitual.
Ayudas al Autoconsumo Autonómicas Ecovivienda
La Comunidad Autónoma de Andalucía proporciona subvenciones que cubren el 40% del costo total de la instalación de autoconsumo. Los interesados deben cumplir con los siguientes criterios:
- La vivienda debe haber sido edificada antes del año 2017.
- La vivienda del solicitante debe ser su residencia habitual.
- El solicitante debe ser residente en España.
- No se deben haber solicitado otras subvenciones similares para la misma instalación.
La solicitud debe presentarse antes de llevar a cabo la instalación.
🏦 Bonificación Fiscal del IBI
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal establecido por el Ayuntamiento de Córdoba que afecta a todos los propietarios de bienes inmuebles en la ciudad.
Se concede una bonificación de hasta el 50% en la cuota íntegra del impuesto a aquellos contribuyentes que instalen sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar para autoconsumo en sus viviendas. Esta bonificación es aplicable siempre y cuando la instalación sea voluntaria y no esté relacionada con obligaciones impuestas por la normativa vigente.
Este beneficio fiscal se aplica únicamente a una única vivienda y para una sola instalación, que debe corresponder con la residencia habitual del contribuyente desde el día de la instalación.
🏗️ Bonificación Fiscal del ICIO
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) es un tributo indirecto que se paga por cualquier construcción, instalación u obra que requiera una licencia de obras o urbanística en Córdoba, independientemente de si se ha obtenido o no dicha licencia.
Se establece una bonificación del 95% sobre la parte de la cuota derivada del coste adicional a la Base Imponible de este impuesto que resulte de la incorporación voluntaria de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. Esta bonificación se aplica siempre y cuando la incorporación de estos sistemas no sea obligatoria según la normativa vigente y esté respaldada por un informe técnico que justifique el coste adicional.
Para poder beneficiarse de esta bonificación, es necesario que las instalaciones destinadas a la producción de calor incluyan colectores que cuenten con la homologación correspondiente de la Administración competente.