
🇪🇺 AYUDAS DE LOS FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU: En Sevilla, estas ayudas son gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía y tienen un carácter limitado, asignándose por orden de presentación. Los beneficios incluyen:
- Para instalaciones de menos de 10 kWp, se otorgan 600€ por cada kWp de la instalación y 490€ por cada kWh en la batería.
- En el caso de instalaciones que superen los 10 kWp, las ayudas oscilan entre 450€ y 300€ por cada kWp instalado.
- La fecha de solicitud para estas ayudas comenzó el 2 de diciembre de 2021.
Requisitos para ser elegible:
- Deben consumir al menos el 80% de la energía generada anualmente por la instalación fotovoltaica.
- La potencia máxima que puede ser incentivada en las instalaciones de autoconsumo fotovoltaicas es de hasta 5.000 kW.
💰 DEDUCCIONES DEL IMPUESTO DE LA RENTA (IRPF): Los contribuyentes tienen la posibilidad de deducir el 20% del monto invertido en instalaciones realizadas en su vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio, siempre que estas no estén relacionadas con el ejercicio de una actividad económica. Las instalaciones incluyen:
- Instalaciones de autoconsumo eléctrico.
- Instalaciones destinadas a la producción de energía térmica.
- Instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía solar fotovoltaica y/o eólica.
Para beneficiarse de esta deducción, es esencial que la vivienda sea la habitual del contribuyente.
🏠 AYUDAS AL AUTOCONSUMO AUTONÓMICAS ECOVIVIENDA: En la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ofrecen subvenciones que cubren el 40% del costo total de una instalación de autoconsumo. Los solicitantes deben cumplir con los siguientes criterios:
- La vivienda debe haber sido construida antes de 2017.
- La vivienda en cuestión debe ser la residencia habitual del solicitante.
- El solicitante debe ser residente en España.
- No se debe haber solicitado ninguna otra ayuda similar para la misma instalación previamente.
- La solicitud debe presentarse antes de llevar a cabo la instalación.
🏢 BONIFICACIÓN FISCAL DEL IBI: El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa establecida por el Ayuntamiento de Sevilla y se ofrece una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI para inmuebles de uso residencial en los cuales se hayan instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Esta bonificación se aplica durante los tres periodos impositivos siguientes a la instalación. A partir del cuarto periodo impositivo posterior a la instalación, la bonificación se reduce al 30%.
Para acceder a esta bonificación, es necesario obtener un informe de idoneidad energética expedido por la Agencia para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla. La solicitud de este informe es gestionada por la Sección de IBI de la ATSe.
🏗️ BONIFICACIÓN FISCAL DEL ICIO: En el caso de actuaciones cuyo único propósito sea la incorporación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar con fines de autoconsumo, se establece una bonificación del 75% sobre la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Para solicitar esta bonificación, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Contar con una certificación de idoneidad energética emitida por la Agencia de La Energía del Ayuntamiento de Sevilla.
- Detallar los costes de las instalaciones en el presupuesto de ejecución material.
Estas bonificaciones y ayudas tienen como objetivo promover la instalación de sistemas de energía solar y mejorar la eficiencia energética en Sevilla.